Con 29 votos a favor y sin mayor discusión el Congreso del Estado aprobó de urgente resolución la llamada Ley 3de3, con la que deudores alimenticios no podrán aspirar algún cargo de elección. Con esto se avala la minuta del Congreso de la Unión que modifica los artículos 38 y 102, para establecer la inelegibilidad de quienes hayan incurrido en violencia sexual, familiar y política.
Cabe recordar que con esta Ley se suspenden los derechos a ocupar cargos en el servicio público en casos de existir sentencias firmes que relacionen al acusado con delitos contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexuales, y el normal desarrollo psicosexual.
Entre las causales incluidas para la suspensión de derechos se encuentran aquellas que contengan sentencia firme por delitos contra la vida, la libertad y seguridad sexual, en cualquiera de sus modalidades y tipos y por ser declarada persona deudora alimentaria morosa en la prohibición de una persona para competir como candidata a cualquier cardo de elección popular. El presidente de la Mesa Directiva del Congreso, Emilio Contreras Martinez de Escobar fue el encargado de leer el dictamen.