Ser padres implica una serie de responsabilidades, obligaciones y compromisos. Es más que solo un título que se limita a «la mamá de» o «el papá de «, son los encargados de cuidar y criar a un ser humano.
Art. 211.El padre y la madre deberán criar a sus hijos con esmero; proporcionarles un hogar estable, alimentos adecuados y proveerlos de todo lo necesario para el desarrollo normal de su personalidad, hasta que cumplan su mayoría de edad.
Por el delito de incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar, la Fiscalía General del Estado (FGE) formuló la vinculación a proceso de F.J.C.X., por no pagar la manutención de su hijo.
De acuerdo con las investigaciones derivadas de la causa penal 190/2022, se dio a conocer que el imputado y la denunciante contrajeron matrimonio en febrero del año 2006 y de esta relación procrearon un hijo, actualmente menor de edad, pero se separaron y en enero del año 2019 el encausado abandonó el domicilio familiar y desde esa fecha no ha proporcionado dinero para el sustento del menor.
Durante la audiencia realizada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, los fiscales de litigación expusieron los datos de prueba y solicitaron se resolviera la situación legal del encausado, por lo que la Juez Segunda de Control decretó el citado auto de vinculación a proceso y otorgó además un plazo de tres meses para el cierre de la investigación complementaria.
Antes de concluir la audiencia, se ratificaron las medidas cautelares impuestas en la audiencia inicial que consisten en acudir a firmar los primeros días de cada mes, la prohibición de salir del Estado sin autorización judicial, mismas medidas que estarán vigentes por todo el tiempo que dure el proceso.