La lengua maya pertenece a la rama yucatecana de la familia lingüística maya, junto con el Lacandón, el Itzá y el Mopán; es nombrada por sus hablantes como maayat’aan, aunque en la literatura sobre el tema es también conocida cono maya Yucateco, maya peninsular o simplemente maya.
Una de las novedades entraría en vigor este 2023 en Yucatán es la expedición de actas de nacimiento en lengua maya, informó el director general del Registro Civil, Juan de Dios Collí Pinto. La dependencia a su cargo ya tiene el software de traducción y los formatos para la expedición de actas de nacimiento en lengua maya, está lista para dar este nuevo servicio a la ciudadanía, pero primero el Congreso del Estado tendrá que aprobar la correspondiente iniciativa de reforma a la Ley del Registro Civil del Estado.
En entrevista, el licenciado Collí Pinto afirmó que la traducción de las actas de nacimiento en maya será una realidad en el presente año y este paso a favor de la cultura maya es importante porque forma parte de la identidad de los Yucatecos.
Incluso, tiene confianza que con la expedición de las actas en maya es probable que más familias se animen a registrar a sus hijos con algún nombre en esa lengua. “Ya estamos trabajando en los formatos de las actas en lengua maya, todas podrán transcribirse en lengua maya a solicitud del interesado”, reveló. “Sé que la iniciativa de la diputada Pili Santos está en comisiones para su estudio. Ya tenemos los bocetos de la traducción y el equipo de software. Es similar al equipo de traducción en lenguaje Braille”.
“Las actas transcritas en maya serán a solicitud del interesado porque no todos hablan, leen y escriben en lengua maya”.
Igual consideró que la expedición de actas en maya favorecerá a las comunidades indígenas de Yucatán, principalmente las del oriente y sur del estado donde hay mayor número de mayahablantes, porque es un paso más para la preservación de la cultura y lenguaje maya. Collí Pinto afirmó que cuando entre en vigor las reformas a la ley del registro civil, las actas de nacimiento tendrán validez ante cualquier institución oficial o privada porque se imprime en el mismo papel oficial de las actas en español y Braille. No podrán ser rechazados por estar escrito en maya porque esta nueva forma lo ampara la ley.
Las instituciones tendrán la obligación de aceptarla, enfatizó. “La iniciativa de reforma ya está presentada y esperamos que se apruebe este 2023”. También expuso que el Registro Civil del Estado no contratará traductores de maya, sino que ya existe un trabajo conjunto con la Federación, que tiene traductores tecnológicos automáticos de actas de nacimiento en más de 60 dialectos indígenas de México. En Yucatán solo es en maya.
“Ya hicimos un trabajo de traducción con el software en lengua maya y en la zona maya de la entidad, los oficiales del Registro Civil son mayahablantes para que las bodas y los nacimientos lo celebren en esa lengua, para la mayor comprensión de este trámite”, destacó el director.
“En comunidades del oriente y del sur del estado damos el servicio de lengua maya en bodas civiles y asentamientos de niños. En esas regiones muchos hablan únicamente maya y es necesario que entiendan el acto protocolario civil”. “La idea es que cuando se retire un oficial de registro civil que sea mayahablante, se le sustituya por otra persona que tenga el dominio de esta lengua indígena, si no la habla y escribe, se le dará capacitación y talleres porque en la zona de Chemax las personas no entienden el español, puro maya hablan”.— Joaquín Chan Caamal.
Collí Pinto informó que el equipo tecnológico cuenta con un software que traduce e imprime el acta en lengua maya, es una de las maravillas de la era tecnológica, porque el equipo da las opciones de impresión en español o maya. De hecho, el licenciado Collí Pinto mostró el equipo que traduce e imprime actas de nacimiento en braille.
Sobre la vigencia de las actas, en las escuelas públicas y privadas no deben exigir acta de nacimiento del año para las inscripciones y reinscripciones, las deben aceptar del año que sea, excepto si el interesado ha realizado una modificación de nombre o apellido, entonces sí se debe pedir un acta nueva en la que aparezca esa inscripción registral.