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CURP

Nacional

¡Entérate! CURP biométrica sustituirá a credencial del INE en bancos y trámites

by informacion habanero julio 10, 2025
escrito por informacion habanero

Sin duda que es todo un tema, la transición de la Clave Única de Registro de Población (CURP) para que se le incorporen datos biométricos, a fin de convertir a este documento en el definitivo para la identificación de los mexicanos, tanto mayores como menores de edad, así como a extranjeros. Sin embargo, ahora hay versiones de que la credencial del INE será sustituida por la CURP biométrica.

Los indicios de que esto sucederá fueron revelados por la presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, Margarita Valdéz, quien señaló que no sabe por qué hay una confusión entre los mexicanos respecto a la nueva CURP biométrica y la función que este documento tendrá.

Sin embargo, la legisladora aseguró que en el futuro la credencial del INE se utilizará sólo para votar, por lo que la CURP biométrica será el documento de identificación oficial para realizar trámites en sucursales bancarias, escuelas, trabajos, IMSS, Afores, emisión de pasaportes.

«Aquí no sé por qué el INE está tan confundido, porque originalmente la INE no es un documento para identificarnos, la INE el origen es para ir a votar, nada más. La CURP, en cuanto esté ya lista, para que la gente entienda, es la que nos va a identificar, la firma, los datos biométricos se nos van a pedir como identificación», dijo Margarita Valdéz.

La presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado agregó: «Claro está que lleva tiempo que la gente se acostumbre a que la INE no va a ser el documento con el que entramos a los museos, no va a ser el documento que nos piden en el banco y demás. Se va a llevar tiempo, la gente está confundida, pero aquí no hay que confundirnos más: la INE es para votar y su origen era para votar, se fue acostumbrando precisamente por la huella, por la firma, por la foto que estaba mucho más completa que otros documentos a que era lo que nos identificara».
Diferencias entre credencial del INE y CURP Biométrica

La Clave Única de Registro de Población (CURP) surgió el 23 de octubre de 1996 como una serie alfanúmerica para identificar a menores y mayores de edad en territorio nacional, pero desde el 2024 se supo que se incrorporarán datos como la huella digital y el registro macular de los mexicanos.

Mientras que la credencial para votar inició en 1993 como un documento emitido por el entonces Instituto Federal Electoral (IFE) que a la postre se convirtió en el INE.

julio 10, 2025 0
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Nacional

Propuesta en el Senado cambiaría la CURP como la conocemos

by Liz Morales septiembre 25, 2023
escrito por Liz Morales

La CURP certificada es uno de los documentos indispensables para cualquier ciudadano mexicano, pues funge como un código único de identidad para realizar trámites oficiales en México, desde tramitar distintos documentos hasta darse de alta ante las instancias médicas, gubernamentales, escolares y bancarias.Si todavía no estás seguro si tu CURP (la cual es indispensable para tramitar y renovar el pasaporte y consecuentemente la VISA americana).

Las comisiones unidas de Gobernación y Estudios Legislativos, Segunda, del Senado, aprobaron la abrogación de la Ley General de Población de 1974 y la expedición de una nueva ley en la materia, con lo que se da luz verde a la Clave Única de Registro de Población (CURP) con fotografía.Con una votación dividida, de 15 senadores de Morena y sus aliados a favor, y 12 en contra, de la oposición, se avaló el dictamen correspondiente.

Entre las novedades que contiene la nueva ley con relación al tema de la CURP con fotografía, que estará bajo la responsabilidad de la Secretaría de Gobernación, se establece:

Artículo 63.- Al incorporar a una persona en el Registro Nacional de Población se le asignará una clave que se denominará Clave Única de Registro de Población, la cual contendrá la fotografía del rostro y se denominará CURP con foto, cuya constancia tendrá el carácter de documento oficial de identificación en los términos que dispone esta ley y su reglamento.

Artículo 64.- La Secretaría establecerá las normas, métodos y procedimientos del Registro Nacional de Población. Así mismo, coordinará los métodos de identificación y registro de las dependencias de la administración pública federal.

Artículo 69.- El Registro Nacional de Ciudadanos y la expedición de la CURP con fotos son servicios de interés público que presta el Estado a través de la Secretaría.

Artículo 70.- Las y los ciudadanos mexicanos tienen la obligación de inscribirse en el Registro Nacional de Ciudadanos y obtener CURP con foto. El Registro Nacional de Ciudadanos contará con el apoyo de un comité técnico consultivo en los términos que establezca el reglamento

Artículo 75.- Una vez cumplidos los requisitos establecidos, la Secretaría deberá expedir y poner a disposición del ciudadano la respectiva CURP con foto.

Artículo 76.- La CURP con foto es un documento oficial de identificación que hace prueba plena sobre los datos de identidad que contiene en relación con su titular.

Artículo 77.- La CURP con foto tendrá valor como medio de identificación personal ante todas las autoridades mexicanas, ya sea en el país o en el extranjero, y las personas físicas y morales con domicilio en el país.

Artículo 78.- Ninguna persona podrá ser sancionada por la no portación de la CURP con foto.

Artículo 79.- La CURP con foto contendrá cuando menos los siguientes datos y elementos de identificación:

Nombre y apellidos, Clave Única de Registro de Población, fotografía del titular, lugar de nacimiento, fecha de nacimiento y firma y huellas dactilares.

Artículo 80.- Corresponde a la persona titular de la CURP con foto su custodia y conservación.

Artículo 81.- La CURP con foto deberá renovarse a más tardar 90 días antes de que concluya su vigencia, la cual no podrá exceder de 15 años; cuando esté deteriorada por su uso, y cuando los rasgos físicos de una persona cambien, de tal suerte que no correspondan con los de la fotografía que porta la cédula.

Artículo 82.- Cuando la persona no cuente con la CURP con foto vigente, deberá tramitar su renovación dentro de los 30 días siguientes a que esto suceda.

Artículo 83.- La Secretaría deberá expedir la CURP con foto a la población mexicana menor de 18 años, en los términos establecidos por el reglamento de esta ley.

El dictamen aprobado será presentado este martes ante el Pleno del Senado de la República para su discusión y votación.

septiembre 25, 2023 0
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