¡Toma nota! Reparto de utilidades

by Liz Morales

Es un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT), deben ser entregadas entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas. Como cada año y tras el cierre fiscal de las empresas, pero sobre todo de acuerdo con los resultados financieros, los trabajadores podrán recibir un monto por este concepto.

¿Qué patrones no están obligados a dar utilidades?

Empresas de nueva creación durante el primer año de funcionamiento. Empresas nuevas que se dediquen a la elaboración de un producto novedoso. Empresas nuevas de la industria extractiva, durante el periodo de exploración. Instituciones de asistencia privada reconocidas por las leyes. IMSS e instituciones públicas descentralizadas con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.NOTA: Las empresas que se fusionen, traspasen o cambien de nombre o razón social no se consideran de nueva creación.

¿De cuánto es la multa por no pagar las utilidades?

El patrón que no cumpla con la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) de las empresas, se le impondrán sanciones que van de los 250 a 5,000 UMAS por trabajador afectado. El artículo 994, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo es donde se señalan las multas. En 2022, la UMA equivalía a 96.22 pesos, por lo que los montos de las sanciones por impago de las PTU pueden ir de los $24,055 a los $481,100.

¿Qué hacer si no me dan las utilidades?

Si llevas 60 días o más trabajando en una empresa y no recibiste utilidades, puedes levantar una queja ante la PROFEDET. Si no recibes esta prestación o te pagan de forma incompleta, el plazo máximo es de un año para reclamar el reparto de utilidades, explica la Ley Federal del Trabajo (LFT), para que trabajadores y trabajadoras tengan acceso a ese monto.

Puedes llamar a PROFEDET al 01 800 911 78 77, o escribir al correo electrónico [email protected] en caso de dudas sobre el pago de reparto de utilidades. Las personas que laboran para empresas tienen derecho a presentar quejas un día después de que se vencen los plazos; en el caso de empleados de empresas, sería el 31 de mayo. En el caso de trabajadores con patrón, sería el 30 de junio, indica la PROFEDET.

¿Cuáles trabajadores tienen derecho a recibir utilidades?

Los trabajadores que tienen derecho a recibir utilidades son los que hayan laborado por lo menos 60 días en una empresa para un patrón y que perciben sus ingresos a través de la nómina. Por el contrario, los que no tienen la oportunidad de recibir este beneficio son: Directores, Administradores, Gerentes generales, Socios y accionistas, trabajadores eventuales con menos de 60 días laborados en el año correspondiente, o los prestadores de servicios profesionales (honorarios).

You may also like